Orden de reparación y orden de trabajo: qué exige la ley (con plantilla)
Qué campos debe llevar una orden de reparación o resguardo de depósito según el RD 1457/1986, en qué se diferencia del presupuesto, plazos de averías ocultas y plantilla.
Cada coche que entra en tu taller necesita una orden de trabajo. No solo para organizarte: es una obligación legal. El Real Decreto 1457/1986, que regula la actividad de los talleres de reparación de vehículos en España, establece qué documentos debes entregar al cliente y qué información deben contener.
La mala noticia: la mayoría de plantillas que circulan por internet no cumplen con todo. La buena: aquí tienes la lista completa, explicada en cristiano.
Orden de trabajo, orden de reparación y resguardo de depósito: ¿son lo mismo?
En la práctica, sí. El RD 1457/1986 usa el término resguardo de depósito; en el taller todo el mundo dice orden de reparación (u OR) o orden de trabajo. Es el mismo papel: el que acredita que el vehículo está en tu poder y qué vas a hacerle.
Donde sí hay diferencia real es con el presupuesto:
- El presupuesto dice lo que va a costar, y el cliente lo acepta antes de que toques nada. Su validez mínima es de 12 días hábiles.
- La orden de reparación acredita el depósito del vehículo y autoriza los trabajos.
Un presupuesto aceptado y firmado sirve también como resguardo de depósito: si trabajas así, no necesitas dos documentos distintos.
Qué dice la ley: los documentos obligatorios
El RD 1457/1986 obliga al taller a manejar tres documentos a lo largo de una reparación:
- El resguardo de depósito — siempre que el vehículo queda en el taller, sea para presupuestar o para reparar, hay que entregar al cliente un justificante del depósito (art. 14.7). Es el papel que en el taller se llama orden de reparación.
- El presupuesto previo — todo usuario tiene derecho a presupuesto escrito (art. 14.1) y solo se puede empezar a trabajar cuando lo ha firmado o ha renunciado a él de forma fehaciente (art. 14.5). El reglamento no impone una fórmula concreta para esa renuncia; lo que sí es seguro es que meses después solo podrás enseñar la que esté escrita y firmada.
- La factura final — escrita, firmada, sellada y desglosada: operaciones realizadas, piezas empleadas y horas de trabajo, con el importe de cada concepto (art. 15.1).
⚠️ El error más común: hacer "una hoja" que no es ni resguardo ni presupuesto. Si hay una inspección de consumo o una reclamación de un cliente, ese papel no te protege.
La orden es una pieza de un cumplimiento más amplio (garantías, piezas, hojas de reclamaciones, RGPD): lo tienes todo en la guía de obligaciones legales del taller.
Los campos que debe llevar tu orden de trabajo
Una orden de trabajo completa y legalmente sólida incluye:
Datos del taller
- Identificación fiscal y domicilio (art. 14.7.1.a)
- El nombre o razón social no lo exige ese apartado, pero es lo que hace que el cliente sepa con quién ha contratado
El resguardo ya no tiene que llevar el número de registro industrial: el RD 455/2010 reescribió ese apartado y hoy la norma solo pide identificación fiscal y domicilio. Lo que sigue vigente es la placa-distintivo en la fachada (art. 6.1); el RD 542/2020 no la suprimió, solo eliminó el contraste que estampaba la Administración.
Datos del cliente y del vehículo
- Nombre y domicilio del usuario (art. 14.7.1.b). El teléfono no lo pide la norma, pero sin él no comunicas una avería oculta en 48 horas
- Marca, modelo, matrícula y kilómetros recorridos (art. 14.7.1.c)
- Estado del vehículo a la entrada. Esto no lo exige el reglamento: te evita el clásico "este golpe no estaba"
Datos de la intervención
- Fecha prevista de entrega (art. 14.7.1.e), del presupuesto o del vehículo ya reparado. Es obligatoria, y es justo el campo que se tiende a dejar en blanco "para no comprometerse"
- Descripción sucinta de la reparación o del servicio, con sus importes si ya se conocen (art. 14.7.1.d)
- Motivo del depósito: si el coche entra para presupuestar o para reparar (art. 14.7.1.c)
- Fecha y firma del taller (art. 14.7.1.f)
- Si el cliente renuncia al presupuesto previo, la renuncia por escrito
- Las piezas sustituidas se le entregan al cliente al terminar salvo que diga expresamente lo contrario (art. 9.5). Lo que hay que dejar escrito es esa renuncia suya, no lo contrario
Firmas
- Firma del cliente. El reglamento la sitúa en la aceptación del presupuesto (art. 14.2.h); en la orden es lo que después acredita quién autorizó qué
- Identificación de quien entrega el vehículo, por si el titular es otro
Garantía
- La reparación queda garantizada tres meses o 2.000 km, lo que se cumpla antes, contados desde la entrega del vehículo; en vehículos industriales el plazo baja a quince días o 2.000 km (art. 16.2). No es obligatorio que conste en la orden, pero ahorra discusiones.
Errores que vemos cada semana en talleres
- Reparar sin presupuesto aceptado ni renuncia firmada. Si el cliente luego no quiere pagar, estás vendido: el artículo 14.5 solo te deja prestar el servicio con su firma o con su renuncia fehaciente, y eres tú quien tiene que enseñarlas.
- No anotar los daños preexistentes. Una raya que ya estaba se convierte en "me lo habéis hecho vosotros" sin un papel que diga lo contrario.
- Órdenes sin firma. Una orden sin firma del cliente es papel mojado en una reclamación.
- Ampliar la reparación sin avisar. Si durante el trabajo aparece una avería nueva (la famosa "avería oculta"), tienes un máximo de 48 horas para comunicárselo al cliente indicando su importe, y necesitas su conformidad expresa antes de repararla. Seguir "porque era evidente que había que cambiarlo" es el caso que acaba en reclamación perdida. Lo hemos desarrollado en qué hacer cuando aparece una avería oculta.
- Perder el historial. Sin archivo ordenado, no puedes demostrar qué hiciste, cuándo ni con qué piezas si te reclaman dentro de la garantía.
¿Plantilla en papel o digital?
Puedes cumplir la ley con papel — los talleres llevan décadas haciéndolo. Pero el papel tiene tres problemas prácticos: se pierde, no avisa y no se firma a distancia.
Una orden de trabajo digital bien hecha:
- Rellena sola los datos del cliente y del vehículo si ya han venido antes (con la matrícula basta)
- Guarda la firma del cliente en el momento, desde el móvil
- Registra las averías ocultas con foto y envía al cliente un enlace para aprobarlas — con fecha, hora e IP como prueba de conformidad
- Imprime la OR en formato legal cuando la necesites, con todos los campos del RD 1457/1986 ya colocados
En FIXA diseñamos la orden de trabajo exactamente así, porque nosotros también somos un taller y nos cansamos de las plantillas incompletas: escribes la matrícula, describes la avería y la OR sale completa y conforme. Pruébalo gratis 14 días — sin tarjeta, por 49€/mes si te quedas.
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a dar presupuesto siempre? El cliente tiene derecho a presupuesto escrito (art. 14.1), así que hay que ofrecerlo siempre. Puede renunciar, pero la renuncia tiene que ser fehaciente (art. 14.5), y lo único fehaciente que se puede enseñar meses después es un papel firmado. Sin él, reparar sin presupuesto es arriesgarte a no cobrar.
¿Cuánto tiempo debo guardar las órdenes de trabajo? Como mínimo durante el periodo de garantía de la reparación, pero lo recomendable es conservarlas varios años: son tu defensa ante reclamaciones y tu historial fiscal.
¿Vale una firma en el móvil o tablet? El reglamento no dice nada del soporte: lo que exige es la conformidad del usuario, no una firma manuscrita. Una firma capturada en pantalla o una aceptación por enlace valen como prueba en la medida en que puedas acreditar quién firmó y cuándo. Ahí es donde se gana o se pierde la discusión, no en el papel.
¿La orden de reparación y el resguardo de depósito son el mismo documento? Sí. El reglamento lo llama resguardo de depósito y en el taller se le llama orden de reparación u orden de trabajo. Lo que importa no es el nombre, sino que lleve los campos obligatorios y se le entregue al cliente.
¿Puedo usar una orden de reparación digital en vez de papel? Sí. El RD 1457/1986 no exige papel: exige que el documento exista, contenga los datos obligatorios y se entregue al cliente. Una orden digital con firma en pantalla y copia enviada cumple igual — y no se pierde ni se moja.
¿Qué pasa si no pongo la fecha prevista de entrega? Es un campo obligatorio del resguardo (art. 14.7.1.e), y el incumplimiento de cualquier precepto del reglamento es sancionable por la vía del artículo 19.1.j. Si no puedes cerrar una fecha, pon la estimación que manejes y avisa al cliente cuando cambie. En blanco no te cubre de nada.
Descarga gratis la plantilla de Orden de Reparación
En PDF, lista para imprimir y conforme al RD 1457/1986: campos legales, renuncia a presupuesto, daños preexistentes y firmas.
Te puede servir
- Te han pedido la hoja de reclamaciones: qué hacer en las primeras 48 horas →
- La garantía de la reparación: 3 meses o 2.000 km, y lo que casi nadie sabe que cubre →
- Cómo crear órdenes de trabajo en 10 segundos con FIXA →
- WhatsApp integrado para avisar a tus clientes sin llamadas →
- Planes y precios de FIXA: 49€/mes todo incluido, sin permanencia →